Nuestra historia

El 7 de febrero de 2013 se constituye Aprender Primero ante la necesidad de exigir jurídicamente el cumplimiento al derecho a aprender.

Somos una asociación civil mexicana sin fines de lucro con el objetivo de impulsar el derecho humano de todos los niños, niñas y adolescentes en edad escolar a aprender, a través de litigios estratégicos que establezcan precedentes relevantes y trascendentes.

En marzo de 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció el interés legítimo de Aprender Primero para defender el derecho a la educación:

“[Aprender Primero] tiene una especial situación frente al derecho a la educación pues su objeto social se encuentra encaminado a realizar actos tendientes a estudiar la adecuada prestación de los servicios públicos educativos; así como (…) la idoneidad de los docentes (…) y los sistemas de evaluaciones”. En el mismo sentido, estableció que “Aprender Primero, tiene la facultad específica para intervenir en el ejercicio de este derecho”. 

Esto quiere decir que se reconoce a Aprender Primero la facultad de exigir en nombre de otras personas (en este caso niñas, niños y adolescentes), el cumplimiento del derecho a aprender.

La situación especial de Aprender Primero responde a la configuración misma del derecho a aprender. En ese sentido, la SCJN señaló:

“…el derecho a la educación proyecta una diversidad de obligaciones, las cuales no se encuentran impuestas de manera exclusiva al Estado, pues la sociedad civil también se encuentra involucrada dentro del espectro de este derecho, conforme a lo cual debe de participar de manera directa y activa para lograr su efectividad.”

Ver tesis de la SCJN

Nuestro aporte

    • Problemática: Citlali es una niña indígena mazahua con síndrome de Down que fue discriminada por las autoridades escolares de su comunidad, al no permitírsele inscribirse a su escuela. 

    • Objetivo del amparo: Que el Estado, en sus distintas ramas y niveles, cumpla sus obligaciones en materia de presupuesto, formación docente, sensibilización, infraestructura y materiales, para lograr una verdadera inclusión educativa para Citlali. 

    • En octubre de 2019, la Suprema Corte concedió el amparo ordenando, entre otras cosas, que se inscriba formalmente a Citlali en la escuela primaria de su comunidad, se elabore un plan individual de trabajo y aprendizaje para ella, resolver problemas de infraestructura, capacitar a familias, alumnas y alumnos, y docentes en temas de discapacidad y educación inclusiva

    • Problemática o contexto: A pesar de tener más de 100 alumnos, la escuela ubicada en el municipio de Xochihuehuetlán (“Xochi”), Guerrero no contaba con ningún tipo de servicio de agua, luz o drenaje. Los “salones” se sostenían con horcones de madera, techos de lámina, carrizo, alambre de púas, malla alambrada y zarapes, por lo que en los hechos se trataba de una “escuela de palitos”.

    • Objetivo: Activar a la comunidad de Xochi para reclamar la reparación de los daños ocasionados por la negligencia de las autoridades en proveer una infraestructura educativa adecuada para el aprendizaje.

    • Resolución: Mediante sentencia emitida en marzo de 2019 se resolvió que no se acreditaron la totalidad de los elementos de la acción instaurada en contra de las autoridades demandadas, por lo cual fueron absueltas de los daños reclamados.

    • Principales logros y aprendizajes: A pesar del desenlace desfavorable en tribunales, gracias a una intensa campaña mediática y de presión social durante la promoción de la acción colectiva, la comunidad de Xochi sí logró que las autoridades construyeran una escuela digna para las niñas y niños de la comunidad.

    • Problemática o contexto: Por lo menos desde 2007, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) identificó desvíos millonarios de recursos destinados al pago de docentes; sin embargo, no hizo uso de sus facultades para promover los procedimientos de responsabilidad administrativa, penales y resarcitorios correspondientes.

    • Objetivo: Que el Estado garantice el derecho a aprender de niñas, niños y adolescentes a través de un gasto educativo transparente y eficiente, y ejerza todas sus facultades de fiscalización y recuperación para evitar irregularidades en los recursos del ramo educativo.

    • Resolución: En mayo de 2015, la Suprema Corte concedió el amparo y la sentencia quedó enteramente cumplida en noviembre de 2015, recuperando mil 266 millones 400 mil 231.03 pesos, acreditados ante el Juzgado de Distrito por la ASF, así como cerca de 100 denuncias penales por los desvíos correspondientes a los Ejercicios de 2009 y 2010.

    • Principales logros y aprendizajes: La Suprema Corte reconoció el interés legítimo de Aprender Primero para defender el derecho a aprender. Adicionalmente, la Primera Sala emitió trece tesis aisladas derivadas de la resolución del asunto, que establecen criterios valiosos en relación al ejercicio del gasto y el cumplimiento del derecho a la educación.

    • Problemática o contexto: Los jóvenes de la Comunidad de Tratamiento Especializado para Adolescentes (CTEA) de San Fernando se encontraban doblemente castigados: (i) por sus conductas delictivas, y (ii) por la deficiencia en la garantía de su derecho a la educación. 

    • Objetivo del amparo: Que el Estado garantice el derecho a aprender de los jóvenes en las CTEA, en las mismas condiciones que si se encontraran en libertad. 

    • Estado actual: En diciembre de 2020 quedó firme la sentencia del Tribunal Colegiado, mediante la cual ordenó, entre otras cosas, el diseño de planes y programas de estudios adaptados a las necesidades de los internos, la asignación de personal docente capacitado y el suministro de material educativo. Desde ese entonces, Aprender Primero ha vigilado su cabal cumplimiento.

Nuestras publicaciones

  • Conoce los litigios estratégicos promovidos en 10 años de trabajo defendiendo el derecho a aprender, dando click AQUI

  • Conoce este trabajo colaborativo que recoge conceptos y avances legislativos y materiales sobre la pobreza menstrual desde la pespectiva escolar, dando click AQUÍ

Nuestro Consejo Directivo

  • David Calderón

    Presidente

  • Claudia Aguilar

    Vicepresidenta

  • Fernando Alcázar

    Secretario

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